WTO commitments (CTS)
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Notes and disclaimers:
1. This is an online version of the Consolidated Tariff Schedules (CTS) Database, which is based on standardized data and is not an exact reproduction of the member's Schedules of concessions. In addition, while the data are presented in the authentic language of the Schedule, the headers, description of the sections, and other standardized information are available in English only. 2. The CTS Database was established as a working tool only, without any implications regarding the legal status of the information contained therein. These data are without prejudice to the rights and obligations of WTO members. Goods Schedules hyperlink to be member-specific. 3. The legal instruments and other ongoing procedures that have not yet been certified can be found in the Goods Schedules e-library ( https://goods-schedules.wto.org/member/costa-rica )Costa Rica
- Schedule number
- LXXXV
- Harmonized System version
- HS 2007
- WTO Membership since
- 01 January, 1995
- This schedule is authentic in
- Spanish
- Date of last schedule updated
- 24 July, 2015
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Schedule section
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Note_ID
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Note Number
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Note
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Part IV |
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PRODUCTOS AGROPECUARIOS NO TRADICIONALES (LOS PRODUCTOS AGROPECUARIOS NO TRADICIONALES SON TODOS LOS PRODUCTOS AGROPECUARIOS CON EXCEPCION DE PRODUCTOS TRADICIONALES DE EXPORTACION: CAFÉ, AZUCAR, BANANO, CARNE Y LOS PRODUCTOS TRADICIONALES DE CONSUMO INTERNO (cereales, granos básicos). ESTOS SON LOS PRODUCTOS QUE SE BENE-FICIAN DE LOS INCENTIVOS DEL CONTRATODE EXPORTACION. REDUCCION DE UN 24% DEL PORCENTAJE PROMEDIO CORRESPONDIENTE AL CERTIFICADO DE ABONO TRIBUTARIO (CAT) EN EL PERIODO BASE EN UN PLAZO DE 10 AÑOS. ELIMINACION DEL INCENTIVO DE EXENCION DE PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA AL FINALIZAR EL PERIODO DE 10 ANOS. El sistema de incentivos a la exportación en Costa Rica está básicamente constituído por el Certificado de Abono Tributario. Al representar éste último un porcentaje sobre el valor de las exportaciones, no resulta factible establecer un compromiso de reducción sobre los desembolsos que el Estado realizará por este concepto. Esta situación se aplica igualmente en el caso del incentivo de exención del impuesto sobre la renta. No obstante, el compromiso de reducción del porcentaje de CAT que otorga el Estado, así como el compromiso de eliminación de la exoneración del impuesto sobre la renta indicados se enmarcan dentro del espirítu de liberalización del comercio agrícola y cumplen sustancialmente con los objetivos que han sido planteados en la Ronda Uruguay. |
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Annex ITA |
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Con respecto a cualquier producto designado en el Apéndice B de la Declaración Ministerial sobre el Comercio de Productos de Tecnología de la Información (WT/MIN(96)/16), o designado para dicho Apéndice, en la medida en que no esté específicamente previsto en esta Lista, los derechos de aduana aplicables a ese producto, así como los demás derechos o cargas de cualquier clase (en el sentido del apartado b) del párrafo 1 del artículo II del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994) quedarán consolidados y eliminados de conformidad con lo enunciado en el apartado a) del párrafo 2 del Anexo a la Declaración, cualquiera sea la clasificación en que figure el producto. |